Procedimiento extraordinario para la obtención del CICO

Convocatorias

A partir de la fecha de esta Convocatoria (14 de octubre de 2020) se abre el plazo de inscripción con las siguientes fechas límite:

  • Números (1) y (2) del apartado “Requisitos para la obtención del CICO (Procedimiento extraordinario)”: plazo de inscripción abierto hasta el 31 de diciembre de 2020.

 

  • Números (3) del apartado “Requisitos para la obtención del CICO (Procedimiento extraordinario)”: plazo de inscripción abierto hasta el 31 de enero de 2021.

INSCRIPCIÓN y formas de pago​

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Preguntas Frecuentes

Introducción

Por medio del presente procedimiento se prevé que, a través de una convocatoria limitada y extraordinaria, pueda certificarse a aquellos profesionales que, a la fecha de la convocatoria, vinieran desarrollando puestos de responsabilidad vinculados al ejercicio de la profesión de Cumplimiento y reúnan los requisitos establecidos a tal efecto.

La Junta Directiva del IOC considera que el conocimiento y la especialización en la propia actividad se configuran como criterios decisivos a la hora de cimentar la excelencia en el ejercicio de la profesión.

¿Qué oportunidades ofrece el CICO?

  • La obtención de una Certificación reconocida internacionalmente y avalada por el IOC, una institución que cuenta con una contrastada trayectoria profesional dentro del ámbito del Compliance, configurándose como una de las organizaciones más importantes de Compliance tanto a nivel nacional como internacional.
  • Mayores oportunidades de inserción en el mercado laboral.
  • Impulso de la carrera profesional y aumento del prestigio profesional.
  • Ampliación y actualización de conocimientos relativos a la Función de Cumplimiento, con la obtención de una perspectiva global de la misma.

Requisitos para la obtención del CICO (Procedimiento Extraordinario)

Conforme a lo indicado anteriormente, se considera que estarán habilitados para obtener la Certificación extraordinaria:

  1. Quienes hubieran ejercido como responsables de la Función de Cumplimiento durante al menos un periodo de cinco años en entidades de más de doscientos cincuenta empleados.
  2. Quienes hubieran sido socios responsables de Cumplimiento en empresas de servicios de consultoría que cumplieran los límites temporales y cuantitativos señalados en el párrafo anterior.
  3. Aquellas personas que, con experiencia profesional de al menos cinco años en Cumplimiento, sean certificados sobre su idoneidad por quienes, teniendo o habiendo tenido responsabilidades laborales sobre el candidato, ya hayan sido previamente certificados por alguna de las vías señaladas en los dos párrafos anteriores. El número de estos certificados de idoneidad emitidos por una misma persona no podrá exceder de diez.

Todos los requisitos temporales se valorarán con referencia a la fecha de la presente convocatoria (14 de octubre de 2020).

Procedimiento extraordinario para la obtención del CICO

Una vez rellenado el formulario de inscripción, los candidatos deberán adjuntar a través del apartado habilitado a tal efecto situado después del formulario de inscripción, toda aquella documentación que acredite alguno de los requisitos mencionados en el apartado anterior.

Los candidatos también podrán remitir la documentación acreditativa al correo electrónico: [email protected]. En cualquier caso, los candidatos siempre deberán rellenar el formulario de inscripción para que el IOC tenga constancia de su inscripción.

Una vez presentada y recibida la documentación, la Secretaría del IOC, con la supervisión de la Junta Directiva, será la encargada de revisar y validar la referida documentación presentada por los candidatos y decidir si con ella se acreditan de manera suficiente los requisitos necesarios para obtener la Certificación extraordinaria.

Acreditados los requisitos necesarios, se emitirá un certificado electrónico con número único que se enviará al candidato. Las personas certificadas también podrán solicitar un título impreso con la Certificación.

Previa autorización expresa, el IOC publicará en su página web el listado de personas certificadas.

¿Quién puede ser candidato a obtener la Certificación?

Mayores de edad que acrediten haber obtenido un Grado universitario y no estén incursos en ninguno de los supuestos recogidos en el apartado “Criterios de elegibilidad” del Marco para la Certificación de Profesionales de Cumplimiento.

Validez del CICO

La Certificación tendrá una duración indefinida, si bien podrá suspenderse por los motivos siguientes:

  • En tanto la persona certificada resulte posteriormente incursa en alguna de las causas de no elegibilidad para la obtención de la Certificación, reguladas en el apartado 2º del Marco para la Certificación de Profesionales de Cumplimiento.
  • La persona que transcurridos los dos primeros años desde la obtención de la Certificación no la mantenga activa evidenciando 20 CPEs (*) anuales ante el IOC.

(*) Puede consultar la Política de CPEs en el siguiente enlace: Política de CPEs.

El registro de la persona con Certificación suspendida será eliminado del listado público de personas certificadas por el IOC.

Precios y condiciones (Certificación extraordinaria)

ASOCIADOS Y NO ASOCIADOS AL IOC: 200 EUROS +IVA.

Más información

Para obtener más información o consultar cualquier duda, puede escribir al correo electrónico: [email protected] o llamar al teléfono 616861601.

Marco de Certificación

Cualquier interpretación de la presente Convocatoria habrá de realizarse atendiendo al contenido del Marco para el Certificado Internacional Compliance Officer – CICO el cual puede consultarse en el siguiente enlace: Marco para la Certificación de Profesionales de Cumplimiento.

Política de Privacidad y Protección de Datos

El Instituto de Oficiales de Cumplimiento cumple con la normativa vigente en materia de protección de datos, en particular, con el Reglamento UE 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

En éste sentido y, de conformidad con la citada normativa, le informamos de que los datos personales que nos facilite serán tratados por el Instituto de Oficiales de Cumplimiento (IOC), con domicilio en Avenida de Brasil, nº6, planta 1ª, 28020 MADRID, como responsable del tratamiento de los mismos, con la finalidad de:

  1. Tramitar su inscripción y participación en el Certificado Internacional Compliance Officer (CICO).
  2. Garantizar la identificación del candidato y la supresión del riesgo de suplantación de identidad, fraude y/o incumplimiento del Marco para la Certificación de Profesionales de Cumplimiento.
  3. Gestionar las solicitudes de información y el envío de comunicaciones informativas y/o publicitarias relacionadas con las acciones promovidas por el IOC en materia de Compliance.

Las referidas finalidades se amparan en el consentimiento, el cumplimiento contractual y el interés legítimo respectivamente.

Igualmente, le informamos de que sus datos únicamente serán conservados en caso de obtener la Certificación, hasta el plazo de prescripción de acciones legales y en su caso, en tanto se conserve la Certificación.

Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de datos, y de limitación y oposición a su tratamiento, en la dirección de correo electrónico [email protected].

Para más información siga el siguiente enlace: Política de Privacidad y Protección de Datos.

Inscripción

Debe rellanar el siguiente formulario de registro con los datos básicos y seguir los pasos indicados para formalizar la inscripción. Al seleccionar
continuar, será enviado a una pasarela segura para proceder al pago del precio, que conlleva la revisión de la documentación acreditativa y, en caso de cumplir con los requisitos, la emisión y el envío del diploma de la Certificación.

El precio que debe abonar es el siguiente:

Certificación vía procedimiento extraordinario:

ASOCIADOS Y NO ASOCIADOS AL IOC: 200 EUROS +IVA.

Una vez realizado el pago, el candidato recibirá la confirmación de pago vía correo electrónico, en el que se adjuntará copia justificativa de haber procedido al pago del precio correspondiente.

ADVERTENCIA: La obtención del CICO a través del procedimiento extraordinario está sujeto al cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente convocatoria. Una vez revisada la documentación por parte de la Secretaría del IOC con la supervisión de la Junta Directiva, si se aprecia que no se cumplen lo referidos requisitos y el candidato ya ha abonado el total del precio, se procederá a su devolución restando de dicho importe 50€ que se cobran en concepto de revisión del expediente por parte del IOC.      

Para cualquier duda sobre el proceso de inscripción, puede dirigirse a [email protected].

Por medio del presente procedimiento se prevé que, a través de una convocatoria limitada y extraordinaria, pueda certificarse a aquellos profesionales que, a la fecha de la convocatoria, vinieran desarrollando puestos de responsabilidad vinculados al ejercicio de la profesión de
Cumplimiento y reúnan los requisitos establecidos a tal efecto.

La Junta Directiva del IOC considera que el conocimiento y la especialización en la propia actividad se configuran como criterios decisivos a la hora de cimentar la excelencia en el ejercicio de la profesión.

  • La obtención de una Certificación reconocida internacionalmente y avalada por el IOC, una institución que cuenta con una contrastada trayectoria profesional dentro del ámbito del Compliance, configurándose como una de las organizaciones más importantes de
    Compliance tanto a nivel nacional como internacional.
  • Mayores oportunidades de inserción en el mercado laboral.
  • Impulso de la carrera profesional y aumento del prestigio profesional.
  • Ampliación y actualización de conocimientos relativos a la Función de Cumplimiento, con la obtención de una perspectiva global de la misma.
  • Proporciona seguridad y confianza en el mercado.

Conforme a lo indicado anteriormente, se considera que estarán habilitados para obtener la Certificación extraordinaria:

  1. Quienes hubieran ejercido como responsables de la Función de Cumplimiento durante al menos un periodo de cinco años en entidades de más de doscientos cincuenta empleados.
  2. Quienes hubieran sido socios responsables de Cumplimiento en empresas de servicios de consultoría que cumplieran los límites temporales y cuantitativos señalados en el párrafo anterior.
  3. Aquellas personas que, con experiencia profesional de al menos cinco años en Cumplimiento, sean certificados sobre su idoneidad por quienes, teniendo o habiendo tenido responsabilidades laborales sobre el candidato, ya hayan sido previamente certificados por alguna de las vías señaladas en los dos párrafos anteriores. El número de estos certificados de idoneidad emitidos por una misma persona no podrá exceder de diez.

Todos los requisitos temporales se valorarán con referencia a la fecha de la presente convocatoria (14 de octubre de 2020).

Una vez rellenado el formulario de inscripción, los candidatos deberán adjuntar a través del apartado habilitado a tal efecto situado después del
formulario de inscripción, toda aquella documentación que acredite alguno de los requisitos mencionados en el apartado anterior.

Los candidatos también podrán remitir la documentación acreditativa al correo electrónico: [email protected]. En cualquier caso, los
candidatos siempre deberán rellenar el formulario de inscripción para que el IOC tenga constancia de su inscripción.

Una vez presentada y recibida la documentación, la Secretaría del IOC, con la supervisión de la Junta Directiva, será la encargada de revisar y validar la referida documentación presentada por los candidatos y decidir si con ella se acreditan de manera suficiente los requisitos necesarios para obtener la Certificación extraordinaria.

Acreditados los requisitos necesarios, se emitirá un certificado electrónico con número único que se enviará al candidato. Las personas certificadas también podrán solicitar un título impreso con la Certificación.

Previa autorización expresa, el IOC publicará en su página web el listado de personas certificadas.

Mayores de edad que acrediten haber obtenido un Grado universitario y no estén incursos en ninguno de los supuestos recogidos en el apartado “Criterios de elegibilidad” del Marco para la Certificación de Profesionales de Cumplimiento.

La Certificación tendrá una duración indefinida, si bien podrá suspenderse por los motivos siguientes:

  • En tanto la persona certificada resulte posteriormente incursa en alguna de las causas de no elegibilidad para la obtención de la
    Certificación, reguladas en el apartado 2º del Marco para la Certificación de Profesionales de Cumplimiento.
  • La persona que transcurridos los dos primeros años desde la obtención de la Certificación no la mantenga activa evidenciando 20 CPEs (*) anuales ante el IOC.

(*) Puede consultar la Política de CPEs en el siguiente enlace: Política de CPEs.

El registro de la persona con Certificación suspendida será eliminado del listado público de personas certificadas por el IOC.

ASOCIADOS Y NO ASOCIADOS AL IOC: 200 EUROS +IVA.

Para obtener más información o consultar cualquier duda, puede escribir al correo electrónico: [email protected] o llamar al teléfono 616861601.

Cualquier interpretación de la presente Convocatoria habrá de realizarse atendiendo al contenido del Marco para el Certificado Internacional
Compliance Officer – CICO el cual puede consultarse en el siguiente enlace: Marco para la Certificación de Profesionales de Cumplimiento.

El Instituto de Oficiales de Cumplimiento cumple con la normativa vigente en materia de protección de datos, en particular, con el Reglamento UE 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

En éste sentido y, de conformidad con la citada normativa, le informamos de que los datos personales que nos facilite serán tratados por el Instituto de Oficiales de Cumplimiento (IOC), con domicilio en Avenida de Brasil, nº6, planta 1ª, 28020 MADRID, como responsable del tratamiento de los mismos, con la finalidad de:

  1. Tramitar su inscripción y participación en el Certificado Internacional Compliance Officer (CICO).
  2. Garantizar la identificación del candidato y la supresión del riesgo de suplantación de identidad, fraude y/o incumplimiento del Marco para la Certificación de Profesionales de Cumplimiento.
  3. Gestionar las solicitudes de información y el envío de comunicaciones informativas y/o publicitarias relacionadas con las acciones promovidas por el IOC en materia de Compliance.

Las referidas finalidades se amparan en el consentimiento, el cumplimiento contractual y el interés legítimo respectivamente.

Igualmente, le informamos de que sus datos únicamente serán conservados en caso de obtener la Certificación, hasta el plazo de
prescripción de acciones legales y en su caso, en tanto se conserve la Certificación.

Puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de datos, y de limitación y oposición a su tratamiento, en la dirección de correo electrónico [email protected].

Para más información siga el siguiente enlace: Política de Privacidad y Protección de Datos.

Debe rellanar el siguiente formulario de registro con los datos básicos y seguir los pasos indicados para formalizar la inscripción. Al seleccionar
continuar, será enviado a una pasarela segura para proceder al pago del precio, que conlleva la revisión de la documentación acreditativa y, en caso de cumplir con los requisitos, la emisión y el envío del diploma de la Certificación.

El precio que debe abonar es el siguiente:

Certificación vía procedimiento extraordinario:

ASOCIADOS Y NO ASOCIADOS AL IOC: 200 EUROS +IVA.

Una vez realizado el pago, el candidato recibirá la confirmación de pago vía correo electrónico, en el que se adjuntará copia justificativa de haber procedido al pago del precio correspondiente.

AVISO IMPORTANTE: La obtención del CICO a través del procedimiento extraordinario está sujeto al cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente convocatoria. Una vez revisada la documentación por parte de la Secretaría del IOC con la supervisión de la Junta Directiva, si se aprecia que no se cumplen lo referidos requisitos y el candidato ya ha abonado el total del precio, se procederá a su devolución restando de dicho importe 50€ que se cobran en concepto de revisión del expediente por parte del IOC.      

Para cualquier duda sobre el proceso de inscripción, puede dirigirse a [email protected].

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